El Consejo y el Parlamento Europeos han alcanzado un acuerdo sobre la modificación de la Directiva para la obtención de los carnés de conducir y han modificado, incluso suavizado, algunos de los aspectos que planteaba inicialmente el texto. Lo más destacado es que obtener el carné de camión a los 17 años será opcional para los países comunitarios, ya que el texto de la Directiva solo lo fijará para carné de turismo y de moto, con un conductor experimentado de acompañante, pero no para vehículos de más tamaño.
El aspecto más conflictivo de la propuesta de la modificación de la Directiva de carnés de conducir ha sido suavizado en el acuerdo que han alcanzado el Consejo y el Parlamento Europeos: la Directiva solo fijará para los carnés de coche y moto la edad de 17 años, con un conductor experimentado en el tiempo y forma que fije la Directiva, pero no para los carnés de camión y furgoneta. Será cada Estado quien decida si permite o no a los residentes en su país obtener el carné de camión y furgoneta a partir de esa edad.
Por lo tanto, el primer escollo importante para obtener unas normas comunes a todos los Estados sobre el permiso de conducir, tanto de las actitudes iniciales para su obtención, como periodos de prueba o su inclusión dentro de la Identidad Digital, se ha salvado, ya que esta modificación de la Directiva sobre carnés de conducir se incluye dentro del paquete de normas incluidos en el Marco de Política de Seguridad Vial de la Unión Europea 2021-2030, para alcanzar el objetivo de cero muertes y cero lesiones graves en las carreteras europeas en 2050 («Visión Cero»), con el objetivo a medio plazo de reducir las muertes y las lesiones graves en un 50 % para 2030. Y es que había demasiadas voces contrarias a permitir a conductores de 17 años conducir un camión o una furgoneta, aún con acompañante.
En el acuerdo se ha establecido que antes del fin de 2030 estará ya disponible una Directiva sobre carnés de conducir uniforme para toda la Unión Europea y el carné de conducir estará accesible en la Cartera de Identidad Digital Europea.
Esta Identidad Digital Europea será reconocida en todos los Estados miembros y no será necesario disponer de un carné de conducir físico, pero si el conductor quiere tenerlo, estará disponible la opción física. Las dos versiones del carné de conducir, física y digital, serán válidas por un periodo de 15 años desde su expedición salvo en el caso de que el carné de conducir se utilice también como documento de identidad, en cuyo caso su validez será de diez años.
Además de disponer de una identidad digital, el objetivo de esta Directiva es armonizar las normas para la obtención de los carnés de conducir, tanto en lo que se refiere a las actitudes para obtenerlo, como a los periodos de prueba o el acompañamiento de conductores de 17 años.
Lo primero, será armonizar los procesos de reconocimiento médico para su obtención estableciendo los mismos en toda la Unión Europea: todos los estados solicitarán un reconocimiento médico para la expedición del carné o bien una evaluación basada en una autoevaluación.
Otra armonización será la de los periodos de prueba de los conductores noveles que se fijará en un mínimo de dos años (en España ya se aplica este periodo de prueba de dos años para los conductores noveles en los cuales disponen de menos puntos -ocho- y menos permisividad en los niveles de alcohol y/ o drogas). Durante este periodo de dos años, se aplicarán normas más estrictas por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, pero no se ha establecido cuáles serán esos límites o si la tolerancia será cero, cada Estado regulará esta cuestión. Os recordamos que España está tramitando ya rebajar los niveles de alcohol en sangre permitidos a todos los conductores.
En cuanto al programa de conducción con acompañamiento, como hemos dicho más arriba será válido a partir de los 17 años para los carnés de conducir que se fijen (en principio solo coche y moto), y se deja la opción a los Estados miembros para que ofrezcan la posibilidad de obtener el carné a esa edad para conducir camión y furgonetas.
También se facilitará el que un ciudadano obtenga el permiso de conducir en un Estado distinto del de su nacionalidad, al permitir que realice los exámenes en el Estado miembro de nacionalidad y obtenga ahí el carné si en el Estado de residencia no puede hacer el examen en alguna de las lenguas oficiales de su Estado de nacionalidad.
Ahora, este acuerdo provisional tiene que ser refrendado por los representantes de los Estados en el Consejo (Coreper) y por el Parlamento Europeo.
El paquete de Seguridad Vial incluye otras normas además de la revisión de la Directiva de carnés de conducir: una propuesta sobre inhabilitaciones para conductores y una nueva Directiva para facilitar el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial.
Publicadp por FENADISMER