Desde el 1 de enero de 2025 es obligatorio el tacógrafo inteligente de segunda generación para todos aquellos transportistas que realicen internacional. Además, entran en vigor una serie de obligaciones en relación con el tacógrafo que instauró el Paquete de Movilidad, como tener que acreditar los 56 días anteriores en un control, que os detallamos a continuación.
Menos de un mes queda para que el tacógrafo inteligente de segunda generación tenga que ir instalado en los camiones que hagan transporte internacional y, según advierten desde VDO «comienza la cuenta atrás para realizar el cambio a la segunda generación de tacógrafos inteligentes«, para todos aquellos que todavía no lo han hecho.
Pero, además, os queremos recordar que desde el 1 de enero entra en vigor una nueva obligación para todos los conductores y es la de disponer de información a bordo del vehículo de los 56 días anteriores al que se está conduciendo para tenerla disponible en un posible control en carretera. Ahora, en un control, los agentes pueden comprobar los 28 días anteriores al del control, pero a partir del 1 de enero se duplica esta información a la que pueden acceder los agentes.
Para todos aquellos conductores que dispongan de tarjeta de tacógrafo digital y que solo conduzcan vehículos equipados con tacógrafo digital no hay ningún problema ni tienen que hacer nada (las tarjetas almacenan tres meses de información), el problema surge cuando el conductor viene de conducir un vehículo con tacógrafo analógico, o que simultánea la conducción de vehículos equipados con tacógrafo digital y analógico, en este caso tiene que tener los 56 días a disposición de los agentes de control entre discos e información almacenada en la tarjeta y todo tiene que cuadrar. No puede haber espacios temporales en blanco.
En VDO advierten de que «los talleres europeos de vehículos industriales se enfrentan hasta final de año a uno de los momentos más activos de los últimos tiempos.» La razón no es otra que, por mandato del Paquete de Movilidad, todos los vehículos a partir de 3,5 Tn que realicen transporte internacional tienen que estar equipados con un tacógrafo inteligente de segunda generación para poder seguir realizando transporte internacional a partir del 1 de enero de 2025, por lo que tienen que sustituir el tacógrafo analógico o inteligente de primera generación (si el camión se matriculó antes de junio de 2019) con el que cuenten sus vehículos.
Os recordamos las fechas de sustitución del tacógrafo que lleve el vehículo por uno inteligente de segunda generación:
–El 1 de enero de 2025 los camiones nuevos y los matriculados antes de junio de 2019 tienen que llevar instalado un tacógrafo inteligente de segunda generación para poder seguir realizando transporte internacional.
-El 18 de agosto de 2025 los camiones matriculados a partir de junio de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2023 (entre el 18 de agosto y el 31 de diciembre de 2023 hubo una moratoria por la escasez de tacógrafos inteligentes de segunda generación y los camiones nuevos que se matricularon en ese intervalo llevan instalado uno de primera generación) tienen que llevar instalado un tacógrafo inteligente de segunda generación para poder realizar transporte internacional.
–Desde el 18 de agosto de 2023 (que en realidad fue el 31 de diciembre del mismo año ya que el 18 de agosto los fabricantes tenían serios problemas para entregar suficientes tacógrafos de segunda generación homologados) los vehículos a partir de 3,5 tn. llevan instalado ya un tacófgrafo inteligente de segunda generación.
-Además, desde el 1 de julio de 2026 los vehículos ligeros de entre 2,5 y 3,5 Tn tendrán que lleva instalado un tacógrafo inteligente de segunda generación para poder realizar transporte internacional. Por lo que los conductores de estos vehículos tendrán que acatar la normativa de tiempos de conducción y descanso.
Pero, advierten desde VDO que «aunque la fecha límite para el cumplimiento se acerca, muchos operadores de flotas siguen posponiendo esta tarea, bien sea por excepciones nacionales y regulaciones transitorias o porque durante mucho tiempo no estuvo claro qué plazo se aplicaba a qué vehículos en qué país. Sin embargo, la Comisión Europea destacó desde un primer momento que no habría retraso en esta ley, tal y como mostró la carta enviada por la Comisión de Transportes por carretera en marzo de este año, dirigida a los estados miembros y que contenía una recomendación clara aprovechando la revisión periódica del tacógrafo para el realizar el cambio.»
Como es normal, «la disponibilidad de los talleres en estas fechas es cada vez menor y se espera que se agoten pronto los huecos disponibles. En caso de que esto ocurra, las flotas tendrán que retirar de carretera aquellos vehículos que no hayan sido adaptados o sólo podrán realizar transporte nacional, a partir del 1 de enero de 2025, hasta que puedan hacer el cambio al DTCO 4.1.»
“Desde el inicio de este año hemos estado a pleno rendimiento fabricando los nuevos tacógrafos y nuestros talleres han tenido stock suficiente para hacer frente a la demanda. A través de esta campaña, hemos derivado a todas las empresas y conductores a los talleres especializados donde poder realizar el cambio así con disponibilidad del producto”, afirman desde la compañía.
En otras ocasiones os hemos hablado también de las onerosas multas por no llevar instalado y en funcionamiento el tacógrafo exigido, que van de los 2001 euros en España a los 30.000 euros en Francia, pasando por los 1.500 euros de Alemania o los 4.400 de Países Bajos y es que el importe de la sanción es el mismo que el carecer de tacógrafo. Estas sanciones pueden ir acompañadas según los países de una inmovilización del vehículo.